INFORME sobre la igualdad de género en la política exterior y de seguridad de la Unión

3.8.2020 - (2019/2167(INI))

Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género
Ponente: Ernest Urtasun
Ponente de opinión (*):
Hannah Neumann, Comisión de Asuntos Exteriores
(*) Comisión asociada – artículo 57 del Reglamento interno


Procedimiento : 2019/2167(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A9-0145/2020
Textos presentados :
A9-0145/2020
Textos aprobados :


PR_INI

ÍNDICE

Página

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

OPINIÓN MINORITARIA

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES

INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

 


PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la igualdad de género en la política exterior y de seguridad de la Unión

(2019/2167(INI))

El Parlamento Europeo,

 Vistos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, y, en particular, los objetivos 5 y 16,

 Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,

 Vista la asociación estratégica Naciones Unidas-UE para las operaciones de paz y la gestión de crisis: prioridades para 2019-2021, aprobada por el Consejo el 18 de septiembre de 2018, teniendo como principal prioridad las mujeres, la paz y la seguridad,

 Vistos la Declaración y la Plataforma de Acción de Pekín adoptadas durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995, y los resultados de las conferencias de revisión,

 Vistas la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad, de 31 de octubre de 2000, y sus resoluciones consecutivas 1820 (19 de junio de 2008); 1888 (30 de septiembre de 2009); 1889 (5 de octubre de 2010); 1960 (16 de diciembre de 2010); 2106 (24 de junio de 2013); 2122 (18 de octubre de 2013); 2242 (13 de octubre de 2015); 2467 (23 de abril de 2019) y 2493 (29 de octubre de 2019),

 Visto el Acuerdo adoptado en la 21.ª Conferencia de las Partes (COP21) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en París el 12 de diciembre de 2015 (en lo sucesivo, el «Acuerdo de París»),

 Vista la Declaración conjunta sobre Comercio y Empoderamiento Económico de las Mujeres aprobada con ocasión de la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Buenos Aires, en diciembre de 2017,

 Vistas la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas[1], y la Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil[2],

 Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000) y sus Protocolos, en particular el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (2000),

 Vista la Iniciativa Spotlight UE-Naciones Unidas,

 Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de diciembre de 2018, sobre las mujeres, la paz y la seguridad,

 Visto el planteamiento estratégico de la UE sobre las mujeres, la paz y la seguridad y su Plan de Acción 2019-2024,

 Vistas las Directrices para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) aprobadas por el Consejo de la Unión Europea en su reunión de 24 de junio de 2013,

 Vista la Lista de medidas para promover la igualdad de las personas LGBTI publicada por la Comisión Europea en diciembre de 2015,

 Visto el Plan de Acción de la UE en materia de género 2016-2020 (Plan de Acción II), adoptado por el Consejo el 26 de octubre de 2015, y los informes anuales de ejecución correspondientes,

 Vistas sus Resoluciones, de 31 de mayo de 2018, sobre la aplicación del documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión (SWD(2015)0182) – Igualdad de género y empoderamiento de la mujer: Transformar la vida de niñas y mujeres mediante las relaciones exteriores de la UE (2016-2020)[3], y de 25 de noviembre de 2010, sobre el décimo aniversario de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad[4],

 Visto el Consenso Europeo sobre Desarrollo, de 19 de mayo de 2017,

 Vista la Estrategia de Igualdad de Género de la Comisión, de 5 de marzo de 2020 (COM(2020)0152),

 Vistas las Orientaciones operativas del comandante de la operación civil del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) para los responsables y el personal de las misiones sobre la integración de la perspectiva de género, de 8 de octubre de 2018,

 Visto el documento titulado «Aplicación de las RCSNU sobre la mujer, la paz y la seguridad en el contexto de las misiones y operaciones PCSD», adoptado por el Consejo el 22 de marzo de 2012,

 Vistas las normas genéricas de conducta actualizadas para las misiones y operaciones de la PCSD, de 22 de enero de 2018,

 Vista la Estrategia del SEAE en materia de género e igualdad de oportunidades 2018-2023, de noviembre de 2017,

 Visto el informe del SEAE, de 10 de noviembre de 2016, sobre el estudio de referencia sobre la integración de los derechos humanos y la igualdad entre los sexos en la política común de seguridad y defensa de la Unión Europea,

 Vista la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la UE, del SEAE, de junio de 2016,

 Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y el artículo 21, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE),

 Visto el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

 Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

 Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores,

 Visto el informe de la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género (A9-0145/2020),

A. Considerando que el principio de igualdad entre mujeres y hombres es un valor fundamental de la UE, consagrado en el Tratado CE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; que, por consiguiente, la perspectiva de género debe aplicarse e integrarse como principio horizontal en todas las actividades y políticas de la Unión; considerando que la Unión Europea debe contribuir a crear un mundo en el que todas las personas, independientemente de su género, raza, color, origen étnico o social, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opinión política o de otra índole, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual o identidad de género, puedan vivir en paz, disfrutando de los mismos derechos y de las mismas oportunidades para realizar su potencial;

B. Considerando que el quinto Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS 5) persigue lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas del mundo; considerando que ninguna estrategia de desarrollo puede resultar eficaz si las mujeres y las niñas no desempeñan un papel central y que el ODS 5 debe integrarse de manera horizontal en distintos ámbitos políticos donde la Unión tiene competencias para actuar;

C. Considerando que varios países, como Suecia, Dinamarca, Suiza y Noruega, han adoptado marcos para avanzar hacia una política exterior muy centrada en la igualdad de género, y que Francia, España, Luxemburgo, Irlanda, Chipre y Alemania, entre otros, han anunciado su intención de conceder a la igualdad de género prioridad en su política exterior; considerando que una política de este tipo debe promover una visión transformadora en materia de género de la política exterior que dé prioridad a la igualdad de género, proteja y promueva los derechos humanos de las mujeres y de otros grupos tradicionalmente marginados, garantice un acceso equitativo de estos a los recursos sociales, económicos y políticos así como su participación a todos los niveles, asigne unos recursos adecuados para plasmar dicha visión y tenga en cuenta la voz de las defensoras de los derechos humanos y de la sociedad civil; considerando que cualquier futura política exterior y de seguridad de la Unión debe aspirar a alcanzar estos objetivos;

D. Considerando que las mujeres y las niñas se ven especialmente afectadas por la violencia física, psicológica y sexual, la pobreza, los conflictos armados y el impacto de las emergencias climáticas, sanitarias y de otra índole, y que su empoderamiento es esencial para afrontar estos problemas; que se ha producido una regresión de los derechos de las mujeres y de las personas LGBTIQ+; que toda concepción de la seguridad debe tener un claro enfoque de derechos humanos para promover acciones que conduzcan a la paz; que las directrices del Consejo en materia de personas LGBTI son una herramienta eficaz para promover el pleno disfrute de los derechos humanos por parte de las personas LGBTI, así como una buena base en que fundamentar una estrategia ambiciosa futura para la igualdad de las personas LGBTI;

E. Considerando que una política exterior y de seguridad que no represente los derechos de las mujeres, las niñas y las personas LGBTI+ y que no aborde las injusticias actuales ahonda aún más los desequilibrios; que todo aquel que quiera poner fin a estas injusticias debe reconocer el equilibrio de poder desigual entre los géneros;

F. Considerando que el discurso dominante en torno a las mujeres y las niñas consiste en una victimización que las priva de su capacidad de actuación y anula su capacidad como agentes de cambio positivo; que un conjunto de pruebas cada vez más importante pone en evidencia que la participación significativa de las mujeres y las niñas en la prevención y resolución de conflictos, la consolidación de la paz y la reconstrucción posterior al conflicto aumentan la sostenibilidad, la calidad y la durabilidad de la paz y la resiliencia de las comunidades locales y contribuyen a prevenir todas las formas de violencia de género; que, a pesar de que las mujeres desempeñan un papel tan decisivo en el establecimiento de la paz duradera, solo supusieron el 13 % de los negociadores en los grandes procesos de paz entre 1992 y 2018, el 4 % de los signatarios y el 3 % de los mediadores;

G. Considerando que las mujeres y las niñas pueden sufrir múltiples formas de discriminación; Considerando que la violencia sexual y de género, que incluye prácticas como el matrimonio forzado y la mutilación genital femenina, así como un acceso insuficiente a la salud, la educación, el agua potable, los saneamientos y la alimentación, un acceso restringido a los servicios relativos a la salud y los derechos sexuales y reproductivos y la desigual participación en la adopción de decisiones políticas y en las instituciones públicas y privadas, contribuyen a la discriminación y a la marginación; considerando que la protección de las niñas contra la violencia y la discriminación, en particular en que lo que respecta a la educación, la información y los servicios de salud, incluidos la salud y los derechos sexuales y reproductivos, son especialmente importantes para su pleno disfrute de los derechos humanos; que las niñas refugiadas y migrantes se encuentran en situación particularmente vulnerable;

H. Considerando que las niñas de hoy serán las que afronten las consecuencias de los conflictos y las emergencias en el futuro y, en el caso de los conflictos prolongados, son las que crecen con efectos duraderos; que las niñas tienen necesidades específicas y se enfrentan a problemas concretos distintos de los de las mujeres adultas, que no suelen reconocerse en las categorías más amplias de «infancia» o «mujeres»;

I. Considerando que en 2020 se cumplen importantes aniversarios de los marcos de igualdad de género y derechos de la mujer, entre ellos la Declaración y la Plataforma de Acción de Pekín de 1995 y la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad de 2000;

J. Considerando que el planteamiento estratégico de la Unión Europea sobre las mujeres, la paz y la seguridad representa un avance significativo en términos de compromiso de la Unión con la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad; que dicho planteamiento hace hincapié en la necesidad de concretar compromisos y acciones y en la necesidad de involucrar, proteger y apoyar a las mujeres y las niñas para lograr una paz y seguridad duraderas; que en 2019 se adoptó el Plan de Acción de la Unión sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad para aplicar este planteamiento estratégico pero que la traducción de este compromiso político en acciones sigue resultando difícil; que es de suma importancia que el personal de la Unión Europea redoble sus esfuerzos por integrar el citado Plan en su trabajo, con el objetivo no solo de mejorar la eficacia de las misiones sino también de garantizar los derechos de las mujeres y la igualdad de género per se;

K. Considerando que el nuevo Plan de Acción en materia de Género (PAG II) surgió de las recomendaciones del Parlamento centradas en cambiar la cultura institucional de la Unión en las sedes y las delegaciones con el fin de crear un cambio sistémico en la forma en que la Unión aborda el principio de igualdad de género, así como en transformar la vida de las mujeres y las niñas en cuatro áreas fundamentales; que la integración de la perspectiva de género y la promoción de la igualdad de género en la política exterior y de seguridad de la Unión depende mucho del éxito de la aplicación y la evaluación del PAG II para recomendar medidas destinadas a mejorar el futuro marco del Plan de Acción (un nuevo Plan de Acción de la Unión en materia de Género III en 2020);

L. Considerando que el PAG original (2010-2015) dio lugar a algunos avances, pero también se caracterizó por una serie de deficiencias: ámbito de aplicación restringido, ausencia de presupuestación con perspectiva de género, escasa comprensión del marco de igualdad de género por parte de las delegaciones de la Unión, falta de compromiso por parte de los dirigentes de la Unión y ausencia de una arquitectura institucional y de incentivos para motivar y apoyar adecuadamente al personal; que el PAG II constituye un importante paso adelante en el fomento de la igualdad de género en las relaciones exteriores de la UE, con una serie de tendencias positivas, pero exige que la UE y sus Estados miembros se comprometan plenamente con la protección frente a cualquier menoscabo y aceleren su avance; que el PAG II muestra todavía algunas deficiencias en relación con la aplicación de las prioridades clave y de los ODS relacionados con el género, las dificultades para presentar información precisa y datos cualitativos y la integración de la perspectiva de género en los diálogos estratégicos; que sigue siendo necesario ampliar su ámbito de aplicación, aplicar adecuadamente la presupuestación con perspectiva de género y armonizar los plazos entre la programación y los ciclos presupuestarios; que un mayor compromiso por parte de los dirigentes de la UE y la creación de la arquitectura institucional y los incentivos necesarios para motivar y apoyar adecuadamente y formar al personal son de vital importancia para lograr resultados tangibles en términos de una mayor igualdad de género en todo el mundo;

M. Considerando que el PAG II ha establecido el objetivo de integrar las acciones de género en el 85 % de todas las nuevas iniciativas de la Unión de aquí a 2020; considerando que, a pesar de los progresos realizados, en 2018 solo entre el 55 % y el 68 % de los nuevos programas incorporaron la dimensión de género;

N. Considerando que las delegaciones y las misiones de la Unión están en la primera línea de aplicación del PAG II en los países socios y que el liderazgo y los conocimientos de los jefes de delegación y misión y el personal desempeñan un papel importante para garantizar el éxito de la aplicación del PAG II; considerando que se recomienda que puedan acceder más mujeres a los puestos de responsabilidad y dirección en las delegaciones de la Unión;

O. Considerando que las mujeres siguen estando muy infrarrepresentadas y subestimadas en la política y en los procesos decisorios, inclusive en el ámbito de la política exterior y la seguridad internacional tanto en la Unión como en el resto del mundo; que, en la Unión Europea, hay seis mujeres que ocupan el cargo de ministra de Defensa, y solo tres de los veintisiete ministros de Asuntos Exteriores son mujeres; que esta infrarrepresentación tiene una gran incidencia sobre las opciones políticas adoptadas;

P. Considerando que la Estrategia de Igualdad de Género 2020-2024 ha establecido el objetivo de lograr un equilibrio de género del 50 % en todos los niveles de administración de la Comisión para finales de 2024;

Q. Considerando que en el SEAE los hombres copan el 75 % de los puestos directivos intermedios y el 87 % de los altos cargos directivos; que el vicepresidente de la Comisión/alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) se comprometió a alcanzar el objetivo de ocupación del 40 % de los puestos directivos por mujeres al final de su mandato; que los nombramientos más recientes han dado lugar a una estructura con vicesecretarios generales exclusivamente varones;

R. Considerando que las políticas de la Unión tienden a presentar a las mujeres como víctimas de la violencia sexual y de género y a abordar su protección principalmente después de que se produzca dicha violencia; que un mayor énfasis político y operativo en la prevención de las violaciones de los derechos humanos que aborde los desequilibrios de poder en las relaciones de género mejoraría las políticas de la Unión en este ámbito;

S. Considerando que se ha avanzado en la realización de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en todo el mundo, pero siguen existiendo deficiencias sustanciales en su prestación y el acceso a ellos; que se observa una preocupante hostilidad hacia los derechos de las mujeres y las personas LGBTIQ+ en todo el mundo que se traduce en una limitación de la salud y los derechos sexuales y reproductivos y prohíbe la educación sobre sexualidad y los estudios de género; que en 2018 disminuyó el número de acciones de la Unión en el ámbito de la salud y los derechos sexuales y reproductivos y que el número más bajo de acciones a nivel mundial por parte de los servicios de la Comisión en materia de igualdad de género correspondió a la salud y los derechos sexuales y reproductivos; que es muy necesario reafirmar el compromiso de la Unión con la promoción, la protección y la materialización del derecho de toda persona a tener pleno control de los asuntos relacionados con su salud y derechos sexuales y reproductivos sin discriminación ni violencia;

T. Considerando que el trabajo de los asesores en materia de género y los puntos de contacto es importante para traducir las políticas de la Unión en materia de igualdad de género y de mujeres, paz y seguridad, en análisis, planificación, aplicación y evaluación, así como la integración de una perspectiva de género en las tareas y operaciones cotidianas; que los asesores en materia de género y los puntos de contacto desempeñan un importante papel en la integración horizontal de las políticas relacionadas con el género; que una mayor priorización de la cuestión de género en las delegaciones de la UE, un tiempo suficiente para la integración de la perspectiva de género y unos gestores de proyectos comprometidos con la necesidad de tener suficientemente en cuesta este aspecto en su trabajo son elementos necesarios para garantizar que los puntos de contacto puedan desarrollar adecuadamente sus funciones; que son necesarias más medidas para velar por que la descripción de las funciones de los puntos de contacto en materia de género refleje la integración de la perspectiva de género y la promoción de la igualdad de género entre sus tareas de gestión;

U. Considerando que solo una tercera parte de todas las delegaciones de la Unión Europea trabaja sobre los derechos de las personas LGBTIQ+; que las directrices LGBTIQ+ de la Unión Europea no se están aplicando de manera uniforme y su aplicación depende en gran medida de los conocimientos y el interés de la dirección de las delegaciones en lugar de respetar un enfoque estructural;

V. Considerando que los grupos de mujeres de la sociedad civil y las activistas desempeñan un papel fundamental en el impulso de la agenda de paz y seguridad y que su participación es esencial para integrar las preocupaciones relativas a la igualdad de género; que el espacio de la sociedad civil está reduciéndose en varias esferas, entre otras cosas en relación con las organizaciones de mujeres y las defensoras de los derechos humanos, la salud y los derechos sexuales y reproductivos y los derechos de las personas LGBTIQ+; que las defensoras de los derechos humanos a menudo se enfrentan a riesgos y obstáculos adicionales y distintos que son interseccionales y están marcados por estereotipos de género enquistados; que debe garantizarse una interacción sistemática con las organizaciones de mujeres y los defensores de los derechos humanos en todo el ciclo de planificación, aplicación, seguimiento y evaluación del PAG III; que son necesarias acciones internas y externas más ambiciosas para abordar activamente cualquier forma de involución y seguir avanzando hacia la consecución de la igualdad de género en nuestras sociedades;

W. Considerando que la limitada financiación y la falta de personal son obstáculos fundamentales para la aplicación de los objetivos de la Unión en materia de igualdad de género; que tampoco existe ni una coherencia política en el ámbito de la igualdad género ni un sistema unificado que facilite una comprensión y una aplicación idénticas de la integración de la perspectiva de género en las instituciones de la Unión;

X. Considerando que la inclusión de la perspectiva de género en la política exterior y de seguridad de la Unión también implica reconocer y combatir las dimensiones y el impacto específicos por género de fenómenos mundiales como el cambio climático, la migración, el comercio y la seguridad, y centrarse en las experiencias y necesidades de las mujeres y los grupos que se enfrentan a formas múltiples e interseccionales de discriminación y marginación en el núcleo de la formulación de políticas;

1. Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que continúen reforzando los derechos de las mujeres y las niñas y avanzando hacia una política exterior y de seguridad que integre una visión transformadora de la perspectiva de género; destaca la necesidad de que dicha política se base en una integración coherente de la perspectiva de género, en un análisis con datos desglosados por edad y género e indicadores sensibles a la cuestión y en unas evaluaciones de impacto de género sistemáticas para la identificación, formulación y seguimiento de las acciones en todos los sectores al objeto de potenciar la igualdad de género y un papel significativo y equitativo en los procesos decisorios para las mujeres y a las personas de orígenes diversos; insta a la Unión a que estudie las posibilidades de compartir, gestionar y actualizar los análisis de género de manera sistemática;

2. Insta a la Comisión, al vicepresidente / alto representante y a los Estados miembros a que sigan reforzando su apoyo a la igualdad de género, el pleno disfrute de los derechos humanos por parte de todas las mujeres y las niñas y su empoderamiento en todo el planeta y a que desempeñen un papel clave creciente en la racionalización y movilización de recursos para este fin;

3. Acoge con satisfacción los tres pilares temáticos del PAG III, a saber, i) garantizar la integridad física y psicológica de las mujeres y las niñas, ii) promover los derechos económicos y sociales y la capacitación de niñas y mujeres, y iii) reforzar la participación y la voz de las mujeres y las niñas; observa que los avances han sido desiguales entre las prioridades temáticas y entre los distintos actores de la Unión; pide, por lo tanto, mayores esfuerzos por parte de la Comisión, el vicepresidente / alto representante y todos los Estados miembros para aplicar íntegramente el PAG y alcanzar los niveles de resultados establecidos en el mismo; lamenta que en 2018 el objetivo con el menor número de acciones notificadas en el marco del PAG III fuera la lucha contra la trata de mujeres y niñas para todas las formas de explotación y que este fuera el único objetivo en el que el número de acciones notificadas disminuyó con respecto a 2017;

4. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de llevar a cabo una revisión y presentar un nuevo PAG para 2021-2025 (PAG III) en 2020; destaca que el PAG III debe basarse en la vía establecida en el PAG II actual y ampliarla y tener en cuenta las lecciones aprendidas de su aplicación actual; destaca que este documento debe adoptar la forma de una comunicación oficial para garantizar su aplicación efectiva; recuerda que la política exterior y de seguridad común está sujeta a normas y procedimientos específicos y que las políticas de cooperación para el desarrollo de la Unión y de los Estados miembros deben complementarse y reforzarse mutuamente dentro del pleno respeto de los principios y los Tratados de la UE, incluidos los artículos 2, 3 y 5 del TUE; acoge favorablemente las recomendaciones de la Comisión a los Estados miembros relativas a su enfoque de igualdad de género a través de la acción exterior para perseguir los objetivos políticos en consonancia con el PAG en sus ámbitos de su competencia;

5. Acoge con satisfacción el Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, y pide su aplicación rigurosa; acoge favorablemente la inclusión de la promoción de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad en la Declaración conjunta sobre la cooperación entre la Unión y la OTAN de 2018; acoge con satisfacción la decisión de renovar el Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia, y pide que en dicho plan se incluyan la perspectiva de género y acciones específicas para la igualdad de género y los derechos de las mujeres, incluidos los sexuales y reproductivos; celebra asimismo la nueva Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos prevista para 2021;

6. Pide mayor coherencia política y mayor coordinación en la aplicación del abanico de compromisos en materia de igualdad de género incluidos en la acción exterior de la Unión; destaca que el planteamiento estratégico de la Unión Europea debe vincularse y sincronizarse con el nuevo PAG III, y pide que el Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad de 2019 se incluya en el PAG III como capítulo aparte; destaca la importancia del marco normativo vigente relativo a la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad; insiste en que este marco debe ser la base de referencia para todas las acciones a nivel de la Unión e internacional y en que debe rechazarse firmemente todo intento de renunciar a los compromisos establecidos en este ámbito o rebajarlos;

7. Pide a todos los Estados miembros que adopten una política exterior y de seguridad feminista que aborde los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres a la hora de mantener y acceder no solo a puestos directivos de alto nivel y cargos importantes como embajadoras y mediadoras en las conversaciones y negociaciones de paz internacionales, sino también a puestos básicos; recuerda que deben tenerse en cuenta los factores que podrían disuadir la participación de las mujeres, como la ausencia de políticas propicias a una buena conciliación de la vida profesional y familiar, el reparto igualitario de las responsabilidades familiares y la expectativa de que las mujeres sean las cuidadoras principales, lo que a menudo hace que las mujeres interrumpan su carrera profesional o se pasen al trabajo a tiempo parcial, y la percepción pública a nivel mundial del liderazgo femenino; destaca además que, a la hora de promover los objetivos de liderazgo femenino que figuran en la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad, la igualdad de remuneración por el mismo trabajo es uno de los principios fundacionales de la Unión y debe integrarse mediante la promoción de los derechos económicos y sociales de la mujer, tanto dentro como fuera de la Unión; recuerda que los Estados miembros tienen la obligación de acabar con la discriminación por razón de género en relación con todos los aspectos y condiciones de remuneración por el mismo trabajo o trabajo de igual valor;

La igualdad de género como principio rector de la acción exterior de la Unión

8. Pide al SEAE, a los servicios pertinentes de la Comisión, a las agencias europeas que trabajan fuera de la Unión y a los Estados miembros que integren sistemáticamente la perspectiva de género y una perspectiva interseccional en las políticas exterior y de seguridad, de ampliación, comercial y de desarrollo de la Unión, inclusive en los foros multilaterales y toda la formulación de políticas, en los diálogos políticos y estratégicos, en las declaraciones públicas, en los informes mundiales sobre derechos humanos y en los procesos de seguimiento, evaluación e información; insiste en que la igualdad de género debe ser un valor central de toda la acción exterior de la Unión;

9. Destaca que debe realizarse un análisis ulterior sobre la dinámica de poder inherente a las políticas y la práctica de la Unión y al actual ciclo de programación para analizar y abordar sus consecuencias en materia de género;

10. Recuerda la importancia de integrar una perspectiva interseccional en toda la acción exterior de la Unión, y que las acciones de la Unión deben tener en cuenta las experiencias de mujeres de distintos orígenes y especialmente aquellas que se enfrentan a formas interseccionales de discriminación y marginación por su edad, sexo, raza, religión, situación socioeconómica o legal, capacidad, orientación sexual e identidad de género; recuerda que las mujeres no son un grupo homogéneo ni hablan con una sola voz;

11. Insiste en la necesidad de garantizar un compromiso continuo en los niveles políticos más altos para con la aplicación del PAG III; pide que en el PAG III se especifique que el 85 % de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) debe destinarse a programas que tengan la igualdad de género como objetivo importante o como objetivo principal, y que, dentro de este compromiso más amplio, una parte sustancial de la AOD se asigne a programas que tengan la igualdad de género, incluidos la salud y los derechos sexuales y reproductivos, como objetivo principal; pide que se adopten más medidas específicas para lograr la igualdad de género; pide, además, que el nuevo plan refuerce el enfoque empírico sólido adoptado por el PAG II, utilizando análisis cualitativos para evaluar el impacto real de tales programas en la promoción de la igualdad de género; pide que se mejore la notificación de la financiación de la Unión para la igualdad de género asignada y desembolsada en los países socios a través del PAG III;

12. Recomienda que el Plan de Acción III vaya acompañado de unos indicadores de éxito claros, mensurables y sujetos a un calendario para hacer un seguimiento de los cambios a corto, medio y largo plazo, que incluyan una atribución de responsabilidades a los diferentes actores, y con unos objetivos claros en cada país socio, desarrollados en estrecha cooperación con el país socio en cuestión y con la inclusión activa de las organizaciones de la sociedad civil, otros actores relevantes de esta y pymes locales; pide al SEAE, a la Comisión y a los Estados miembros de la Unión que reiteren su compromiso, a través del nuevo PAG, con la integración de la perspectiva de género en todos los sectores; pide al SEAE, a los servicios pertinentes de la Comisión y a los Estados miembros de la Unión que propongan más accione específicas en materia de género;

13. Pide que el PAG III desafíe la hostilidad hacia los derechos de la mujer mediante el refuerzo del acceso de las mujeres y las niñas a la educación y a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos protegiéndolas de la coacción, la violencia, la discriminación y los abusos; destaca igualmente que el nuevo PAG debe abarcar explícitamente la protección, la participación y la promoción de los derechos de la mujer en todos los contextos, inclusive los Estados frágiles y los contextos relacionados con conflictos;

14. Considera que la educación es un factor clave para la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; pide, por tanto, a la Unión que, en su próximo PAG III, refuerce su compromiso con la promoción de la igualdad de género y la lucha contra los estereotipos de género a través de y en los sistemas educativos; pide, en este sentido, que se estudien una serie de oportunidades en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas;

15. Acoge con satisfacción el planteamiento estratégico de la UE sobre las mujeres, la paz y la seguridad y el Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, adoptado en 2019, y pide que se apliquen con contundencia; lamenta, no obstante, que, a pesar de contar con unos objetivos e indicadores claros, llevar a la práctica este compromiso político siga siendo todo un reto y requiera un esfuerzo continuo; destaca la importancia de los planes de acción nacionales para la aplicación de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad; celebra el hecho de que casi todos los Estados miembros de la Unión vayan a adoptar planes de acción nacionales sobre la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para finales de año; lamenta, no obstante, que solo uno de ellos haya asignado fondos para su ejecución; pide a los Estados miembros que asignen estos fondos y desarrollen mecanismos nacionales de supervisión parlamentaria, así como que introduzcan cuotas para la participación de las mujeres en los mecanismos de control, evaluación y supervisión; lamenta que muchos miembros del personal de la Unión todavía no hayan integrado la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad en su trabajo y que esta agenda sea vista como un instrumento que puede aplicarse a discreción de cada uno con el objetivo de mejorar la eficacia de las misiones, pero no como un medio de garantizar los derechos de la mujer y la igualdad de género como tales;

16. Pide a la Comisión que intensifique sus esfuerzos para aplicar un enfoque estructurado en de presupuestación de género para hacer un seguimiento preciso de todos los gastos conexos, inclusive en el ámbito de la acción exterior, y que organice evaluaciones ex ante y ex post del impacto de género de los distintos programas financiados por la Unión y que informe al Parlamento Europeo; destaca que esta evaluación debe basarse en datos desglosados por género y edad y que su resultado debe integrarse en el ciclo de programación; subraya la necesidad de mejorar la fiabilidad del análisis de la cuestión de género mediante la armonización de los datos recabados por las delegaciones de la Unión de modo que sean comparables; pide que los análisis de género desempeñen un papel en la definición de los programas, los proyectos, el diálogo y los objetivos de las estrategias por país;

17. Pide que se apoye la asignación de un 85 % de la financiación específica a programas que tengan la igualdad de género como objetivo principal o significativo en el marco de la propuesta de Reglamento sobre el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI), y una reducción de las restricciones administrativas para permitir el acceso a la financiación a las organizaciones de la sociedad civil pequeñas y locales; destaca la importancia de seguir haciendo de la perspectiva de género y de las acciones específicas objetivos claros en el marco del Reglamento IVDCI, así como de garantizar que los socios puedan contar con un apoyo político y financiero suficiente para su aplicación; pide que se apliquen indicadores específicos de género en las fases de selección, seguimiento y evaluación de proyectos de todas las acciones de la política exterior y de seguridad de la Unión que reciban financiación del presupuesto de la Unión; destaca la necesidad de aumentar el uso eficiente de los recursos existentes y futuros de la Unión a través de una presupuestación con perspectiva de género, en particular en tiempos de dificultades como el próximo Marco Financiero Plurianual (MFP), limitaciones presupuestarios y repercusiones de la crisis de la COVID-19;

18. Pide a la Comisión, al SEAE y a las delegaciones de la Unión que reconozcan a las niñas y las jóvenes como motores de cambio y que apoyen su participación segura, significativa e inclusiva en la vida cívica y pública, inclusive tomando en consideración los observaciones de las organizaciones juveniles y apoyándolas mediante el desarrollo de capacidades; destaca el papel positivo que tienen las niñas, las jóvenes y las mujeres en la consecución de la paz sostenible y la cohesión social, entre otras cosas a través de iniciativas locales en materia de prevención de conflictos y consolidación de la paz dirigidas por niñas y mujeres; pide a la Unión y a los Estados miembros que garanticen un presupuesto adecuado para educación en situaciones de emergencia con el fin de asegurar que todas las niñas puedan prosperar, a pesar de las circunstancias derivadas de conflictos y desastres naturales;

19. Reconoce que las crisis humanitarias intensifican las dificultades relacionadas con la salud y los derechos sexuales y reproductivos y recuerda que, en las zonas en crisis, especialmente dentro de los colectivos vulnerables como refugiados y migrantes, las mujeres y las niñas están especialmente expuestas a la violencia sexual, las enfermedades de transmisión sexual, la explotación sexual, la violación como arma de guerra y los embarazos no deseados; pide a la Comisión y a los Estados miembros que concedan una alta prioridad a la igualdad de género y la salud y los derechos sexuales y reproductivos en su respuesta de ayuda humanitaria, así como a la rendición de cuentas y el acceso a la justicia y la reparación por violaciones de los derechos sexuales y reproductivos y violencia de género, inclusive en términos de formación de agentes humanitarios y financiación actual y futura; destaca la importancia de la Recomendación del Comité de Asistencia al Desarrollo (CAD) de la OCDE para poner fin a la explotación, el abuso y el acoso sexuales en la cooperación para el desarrollo y la asistencia humanitaria; acoge con satisfacción, en este contexto, la atención prestada a la lucha contra los abusos y el acoso en los entornos de conflicto por los actores activos en el ámbito de la cooperación al desarrollo y de la ayuda humanitaria; pide a la Comisión y a los Estados miembros de la Unión que aboguen por la inclusión de organizaciones de derechos de la mujer, así como organizaciones dirigidas por mujeres y defensores de los derechos humanos de la mujer, en las estructuras de coordinación y toma de decisiones humanitarias;

20. Pide que se estudien las sinergias entre esos programas interiores y exteriores de la Unión para garantizar un enfoque coherente y continuo en las políticas dentro y fuera de la Unión, como en el caso de la mutilación genital femenina;

21. Pide a la Comisión que aplique una política comercial de la Unión basada en valores que garantice un nivel elevado de protección de los derechos laborales y medioambientales y el respeto de las libertades fundamentales y los derechos humanos, incluida la igualdad de género; recuerda que todos los acuerdos comerciales y de inversión de la Unión deben integrar la perspectiva de género e incluir un capítulo ambicioso y de carácter ejecutivo en materia de comercio y desarrollo sostenible; recuerda que la negociación de acuerdos comerciales podría representar un instrumento importante para promover la igualdad de género y el empoderar a las mujeres en países terceros, y pide que se recopilen datos desglosados por género sobre el impacto de los intercambios comerciales; pide a la Unión y a sus Estados miembros que, en las evaluaciones de impacto ex ante y ex post, incluyan el impacto en función del género, por país y por sector, de las políticas y los acuerdos comerciales de la Unión; subraya que los resultados del análisis de género deben tenerse en cuenta en las negociaciones comerciales —tomando en consideración tanto las repercusiones positivas como las negativas a lo largo de todo el proceso—, desde la fase de negociación hasta su aplicación, y deben ir acompañados de medidas para prevenir o compensar los posibles efectos negativos; celebra el compromiso de la Comisión de garantizar, por primera vez para la UE, la inclusión de un capítulo específico sobre género en el Acuerdo de Asociación modernizado entre Chile y la UE, y pide que se fomente y apoye la inclusión de este tipo de capítulos en todos los acuerdos comerciales y de inversión de la UE, sobre el modelo de ejemplos internacionales existentes y en base a su valor añadido en función de las evaluaciones realizadas;

22. Pide a los Estados miembros que cumplan plenamente la Posición Común relativa a las exportaciones de armas, en concreto que tengan en cuenta el riesgo de que el material exportado se utilice para cometer violencia de género o violencia contra las mujeres o los niños o la faciliten; hace hincapié en que un enfoque sensible a las cuestiones de género es un enfoque de seguridad centrado en las personas, destinado a mejorar la seguridad de las mujeres, incluida la seguridad económica, social y sanitaria;

Un enfoque de género y diversidad en la cultura institucional de la Unión en sus sedes y delegaciones

23. Pide a los Estados miembros que creen un grupo formal de trabajo sobre igualdad de género; pide que se cree una nueva configuración del Consejo que agrupe a los miembros y secretarios de Estado encargados de la igualdad de género para facilitar la integración de la perspectiva de género en todas las políticas de la Unión, incluida la exterior y de seguridad;

24. Acoge con satisfacción la labor realizada hasta ahora por la asesora principal del SEAE para cuestiones de género y por el grupo de trabajo no formal de la Unión sobre mujeres, paz y seguridad, en particular garantizando la participación de las organizaciones de la sociedad civil pertinentes en sus debates; lamenta, no obstante, la capacidad limitada en términos de efectivos y de recursos asignados al cargo de asesora principal del SEAE para cuestiones de género, y pide a su titular que informe directamente al VP/AR; destaca la necesidad de utilizar de manera aún más eficiente los recursos asignados a este cargo; pide al VP/AR que persevere en sus esfuerzos en al ámbito de la integración de la perspectiva de género, que nombre un asesor de género a tiempo completo en cada dirección del SEAE dependiente directamente del asesor principal, y que anime a su personal a colaborar estrechamente con el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE); destaca que el intercambio de conocimientos entre las instituciones y agencias de la Unión es una herramienta importante y muy eficiente para evitar costes administrativos elevados y un aumento innecesario de la burocracia;

25. Aplaude la Estrategia de Igualdad de Género y de Igualdad de Oportunidades del SEAE para 2018-2023 y pide que se actualice de manera que incluya compromisos políticos concretos, mesurables y vinculantes sobre presencia de las mujeres en los puestos de dirección; aboga por la consecución del objetivo de un 50 % de mujeres en puestos de dirección, en particular como jefas de delegación y de misiones y operaciones de la política común de seguridad y defensa (PCSD); acoge con satisfacción los avances realizados por la Comisión en este sentido, que ha llegado a un 41 % directivos mujeres en todos los niveles; lamenta que el SEAE se encuentre lejos de alcanzar este objetivo, puesto que solo dos de los ocho representantes especiales de la Unión son mujeres y estas ocupan únicamente el 31,3 % de las posiciones de dirección de nivel medio y el 26 % de las de dirección superior; pide al actual VP/AR que adopte las medidas necesarias para subsanar esta situación y a los Estados miembros que propongan a más mujeres para puestos superiores;

26. Señala la falta de diversidad en las instituciones de la Unión, por lo que destaca la importancia de definir objetivos de diversidad, especialmente por lo que se refiere a la raza, la capacidad y el origen étnico; destaca la necesidad de que el SEAE ajuste sus procesos de selección y contratación para prestar una atención aún mayor a la diversidad y la inclusión; destaca que son necesarios procedimientos de contratación con perspectiva de género, en particular por parte de la Oficina Europea de Selección de Personal; pide que la capacidad de liderazgo sensible a las cuestiones de género forme parte de las descripciones de los puestos directivos de nivel medio y alto;

27. Insta al VP/AR a que vele por que los jefes de las delegaciones de la Unión en el extranjero tengan la responsabilidad formal de garantizar que la igualdad de género se integre en todos los aspectos del trabajo de su delegación y la obligación de informar al respecto; pide al VP/AR que garantice que en las delegaciones de la Unión existan puntos de contacto específicamente dedicados a la cuestión de género para garantizar unos flujos de trabajo fluidos y reducir la burocracia al mínimo; destaca la necesidad de que los puntos de contacto en materia de género dispongan de recursos suficientes para desempeñar sus tareas, con descripciones de puestos que detallen las correspondientes responsabilidades; destaca que estos deben responder directamente ante el jefe de la delegación o jefe de sección, tener acceso a todos los documentos y formación pertinentes necesarios para desempeñar sus funcione y tener responsabilidades de dirección cuando proceda; pide que se promulguen directrices de igualdad en todas las delegaciones de la Unión y, en este sentido, que se desarrolle la presentación de información en línea y unos modelos claros así como la publicación de una guía para facilitar el trabajo de las delegaciones;

28. Subraya que la consecución de la igualdad de género no es posible sin un liderazgo con perspectiva de género; solicita, a este respecto, una formación obligatoria y personalizada sobre igualdad de género e integración de la perspectiva de género para todos los directivos de nivel medio y alto del SEAE, el personal de los servicios diplomáticos de la Unión y los jefes o comandantes de las misiones y operaciones de la PCSD; destaca que las cartas de misión y las descripciones del puesto para los nuevos jefes de las delegaciones de la Unión deben incluir referencias específicas a la igualdad de género; hace hincapié en que sus evaluaciones deben incluir criterios específicos sobre el trabajo llevado a cabo para garantizar la integración de la perspectiva de género; destaca que promover los derechos de las mujeres y favorecer la igualdad de género deben ser prioridades horizontales de todos los representantes especiales de la Unión y han de constituir un principio rector de su mandato, en particular en el caso del representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos;

29. Destaca que la participación de mujeres en las misiones de la PCSD contribuye a la eficacia de las mismas y aumenta la credibilidad de la Unión como defensora de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en todo el mundo; celebra el hecho de que todas las misiones civiles de la PCSD hayan nombrado a un asesor en materia de género y pide a las misiones militares de la PCSD que hagan lo propio; anima a los Estados miembros de la Unión a presentar candidatas para las vacantes existentes; pide que todo el personal militar y civil de la Unión desplegado haya recibido una formación suficiente en materia de igualdad de género y de mujeres, paz y seguridad, y específicamente sobre cómo integrar una perspectiva de género en sus tareas; lamenta que el número de mujeres que trabajan en misiones de la PCSD y especialmente en operaciones militares siga siendo muy bajo; insta al SEAE a que promueva la necesidad de un objetivo concreto y de un compromiso político para aumentar el número de mujeres en las misiones y operaciones de gestión de crisis de la Unión; insta a los Estados miembros a que estudien formas de reforzar las políticas de contratación y retención y de fomentar la participación de mujeres en las misiones de consolidación y mantenimiento de la paz; hace hincapié en la necesidad de incluir una nueva línea presupuestaria de la Unión que financie el puesto de asesor en materia de género en las misiones militares de la PCSD;

30. Destaca que solo algunas misiones de la PCSD de la Unión impartan formación sobre acoso sexual y de género, y pide al SEAE y a los Estados miembros que ofrezcan formación obligatoria para combatir este tipo de acoso en todas las misiones y operaciones y que velen por la protección efectiva de las víctimas y los denunciantes; pide que se actualicen las normas genéricas de conducta actualizadas para las misiones y operaciones de la PCSD de manera que incluyan el principio de tolerancia cero para con la inacción de dirigentes y administradores de la Unión frente a la violencia sexual y de género;

31. Insta al VP/AR y a los Estados miembros a que incluyan referencias a la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como a las resoluciones que le han dado seguimiento, en las decisiones del Consejo relativas a la PCSD y en los mandatos de las misiones, y a que se aseguren de que todas las misiones y operaciones de la PCSD cuentan con un plan de acción anual sobre el modo de ejecutar los objetivos del futuro PAG III y del Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad; pide que se incluyan análisis de género en los nuevos instrumentos de la PCSD, incluidos el Fondo Europeo de Defensa y el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz propuesto;

32. Acoge con satisfacción la creciente red de coordinadores para cuestiones de género, que cuenta con apoyo administrativo y acceso a la formación; señala, a este respecto, que se organizó una reunión regional para los coordinadores en materia de género con sede en los Balcanes Occidentales y Turquía, con el objetivo de reforzar el trabajo sobre la igualdad de género y la integración de la perspectiva de género; celebra la mejora de la cooperación con los Balcanes Occidentales en el marco de la Iniciativa de Asociación del G7, en la que la Unión ha acordado colaborar con Bosnia y Herzegovina en el refuerzo de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad;

33. Subraya la importancia de promover la igualdad de género en la política exterior de la Unión, también a través de las relaciones del Parlamento con terceros países; acoge con satisfacción, a este respecto, la decisión de las delegaciones del Parlamento de nombrar a un representante para las cuestiones de género en cada delegación; subraya la necesidad de promover la igualdad y la diversidad en todas las actividades de las delegaciones, también durante las reuniones parlamentarias oficiales con terceros países;

Dar prioridad a la protección y promoción de los derechos de las mujeres y las niñas y a su participación

34. Pide a la Unión y a los Estados miembros que cumplan todos los compromisos internacionales relacionados con la agenda mundial en materia de igualdad de género; pide, además, que apoyen a los Estados socios y les alienten a que deroguen las reservas que han formulado en relación con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y que apliquen la Declaración y el Plan de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer celebrada en Pekín en 1995, inclusive a través de legislación;

35. Recuerda el papel central de las mujeres como forjadoras de la paz y hace hincapié en la importancia del papel de las mujeres para promover el diálogo, construir la paz y aportar diferentes perspectivas sobre el significado de la paz y la seguridad; señala que la garantía de una participación significativa y equitativa de las mujeres en la negociación de la política exterior de la Unión y en los procesos de paz y seguridad está ligada al aumento de la prosperidad económica, la reducción de las violaciones de los derechos humanos y la promoción de la seguridad mundial, la democracia y la paz sostenible; observa que la promoción de los derechos de la mujer en países en crisis o asolados por conflictos fomenta comunidades más fuertes y resilientes; pide al VP/AR, al SEAE y a los Estados miembros que salvaguarden los derechos de las niñas y las mujeres y garanticen su participación plena y significativa en todas las diversas fases del ciclo del conflicto, en el contexto de las actividades de prevención de conflictos y mediación de la Unión;

36. Señala que es de vital importancia el compromiso de prevenir, combatir y perseguir todas las formas de violencia sexual y de género, entre ellas la violencia a manos de la pareja, la violencia por internet, las prácticas nocivas como la mutilación genital femenina y el matrimonio infantil, precoz y forzado, la violencia cometida en nombre del «honor», la violencia sexual y de género relacionada con los conflictos, la trata y la explotación, el abuso y el acoso sexuales; destaca, en este contexto, la necesidad de prestar asistencia a los supervivientes; destaca que debe prestarse una atención específica a las mujeres y las niñas que se enfrentan a formas múltiples e interseccionales de discriminación; pide a la Unión y a sus Estados miembros que ratifiquen el Convenio de Estambul, como primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que busca prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, sirviendo así de ejemplo en todo el mundo y haciendo creíble el compromiso de la Unión erradicar este tipo de violencia en sus relaciones exteriores; pide que se revisen y actualicen las Directrices de la Unión sobre la violencia contra las mujeres y las niñas y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas;

37. Subraya que la consecución de la igualdad de género no es posible sin la inclusión de los hombres y los niños varones; considera que en el proceso de impulso de la igualdad de género, es preciso invitar a los hombres y niños varones a participar y contribuir activamente como actores del cambio, combatiendo de este modo los estereotipos de género; recuerda, en particular, el papel y la responsabilidad de los hombres y los niños en la lucha contra la violencia sexual y de género;

38. Pide al VP/AR, al SEAE y a los Estados miembros que garanticen la plena aplicación de las Directrices de la UE sobre Defensores de los Derechos Humanos, y que adopten un anexo con el objetivo de reconocer y desarrollar estrategias y herramientas adicionales para prevenir y responder mejor y de manera más eficaz a las situaciones concretas, las amenazas y los factores de riesgo a que se enfrentan las defensoras de los derechos humanos de las mujeres, incluidas las jóvenes activistas; pide la aplicación inmediata de una perspectiva de género y de medidas específicas para apoyar a las defensoras de los derechos humanos en todos los programas e instrumentos destinados a proteger a los defensores de los derechos humanos;

39. Destaca que en muchos lugares del mundo los derechos humanos de las mujeres y las niñas no están plenamente garantizados y que diversas organizaciones de la sociedad civil, incluidas organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, se enfrentan a retos cada vez mayores en un espacio democrático mundial cada vez más reducido; recuerda la labor esencial que realizan las organizaciones de la sociedad civil sobre el terreno para mantener la paz y promover la participación de las mujeres en los procesos de paz, la política, la gobernanza, la consolidación institucional, el Estado de Derecho y el sector de la seguridad; pide a las delegaciones de la Unión que supervisen la involución en materia de igualdad de género y de salud y derechos sexuales y reproductivos, así como la tendencia hacia la reducción del espacio para la sociedad civil, y que adopten medidas específicas para protegerla de amenazas, acosos, violencia e incitación al odio; insta a la Comisión, al SEAE, a los Estados miembros y a los jefes de las delegaciones de la Unión a que garanticen un apoyo, promoviendo un nivel adecuado de capacitación, a la sociedad civil local, incluidas las organizaciones de mujeres y los defensores de los derechos humanos, y a que hagan de la consulta y la cooperación con estas organizaciones un elemento normalizado de su trabajo; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apoyen iniciativas destinadas a cuestionar y transformar normas y estereotipos de género negativos en todos los contextos;

40. Pide a la Comisión y al SEAE que apoyen sistemáticamente el disfrute de la salud y los derechos sexuales y reproductivos, lo que contribuirá a la consecución de todos los ODS relacionados con la salud, como la atención prenatal y las medidas para evitar partos de alto riesgo, y reducirá la mortalidad infantil; destaca la necesidad de apoyar el acceso a la planificación familiar, a la atención de salud materna, a una información sexual exhaustiva adaptada a cada edad, a la contracepción, a unos servicios de interrupción del embarazo legales y seguros y una atención de la salud materna de calidad, así como el respeto del derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo y a recibir protección contra cualquier forma de discriminación, coacción o violencia en este sentido; pide a la Comisión Europea que contrarreste los efectos de la «ley mordaza global» apoyando sustancialmente la financiación de la salud y los derechos sexuales y reproductivos a través de los instrumentos financieros disponibles en la dimensión exterior de la Unión;

41. Recuerda que las mujeres y las niñas se ven desproporcionadamente afectadas por el cambio climático como consecuencia de las desigualdades de género culturales y estructurales; reconoce que la igualdad de género es esencial para la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de los problemas climáticos y que, para lograr una transición justa que no deje a nadie atrás, es fundamental una perspectiva interseccional; señala que solo el 30 % de los negociadores climáticos son mujeres y recuerda que la participación significativa e igualitaria de las mujeres en los órganos decisorios a nivel de la Unión, nacional y local en el ámbito de la política y la acción por el clima es esencial para cumplir los objetivos climáticos a largo plazo; recomienda que en el PAG III se establezcan vínculos claros con el Acuerdo de París, y pide a la Unión y a sus Estados miembros que garanticen el acceso de las organizaciones de mujeres a fondos climáticos internacionales;

42. Lamenta que las mujeres y las niñas de todo el mundo sigan siendo objeto de una discriminación sistemática bajo múltiples formas; señala la necesidad de luchar contra la pobreza de las mujeres garantizando su igualdad de acceso a los recursos económicos; recuerda que una mayor inclusión de las mujeres en el mercado de trabajo, la mejora del apoyo al emprendimiento femenino, la igualdad en el acceso al capital —también para las emprendedoras—, la salvaguardia de la igualdad de oportunidades y la igualdad de remuneración para hombres y mujeres a igual trabajo y el fomento de la conciliación de la vida profesional y familiar son factores fundamentales para lograr una prosperidad económica sostenible e inclusiva a largo plazo, luchar contra las desigualdades y fomentar la independencia financiera de las mujeres; pide a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión que, en este sentido, aumenten, cuando proceda, la disponibilidad de financiación, inclusive a través de microcréditos, y que colaboren con los países socios para hacer avanzar la situación de las mujeres, en particular en ámbitos como los derechos sucesorios sobre bienes y tierras, el acceso a la personalidad jurídica y a la alfabetización financiera y digital, y la protección frente al trabajo infantil y otras formas de explotación;

43. Hace hincapié en la necesidad de aplicar una perspectiva de género en la política migratoria de la Unión que garantice los derechos de las niñas y las mujeres solicitantes de asilo y refugiadas, introducir inmediatamente procedimientos de asilo y migración con perspectiva de género y redoblar los esfuerzos para garantizar una identificación correcta y una protección adecuada contra posibles actos de violencia, acoso, violación y trata de mujeres en los centros de acogida en toda Europa;

44. Condena todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la trata de seres humanos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten la cooperación con terceros países para luchar contra todas las formas de trata de seres humanos, prestando especial atención a la dimensión de género de la trata para combatir específicamente el matrimonio infantil, la explotación sexual de mujeres y las niñas y el turismo sexual; pide que se establezca un enfoque de la trata de seres humanos con perspectiva de género abordando de manera exhaustiva el impacto que tiene en el ejercicio de un amplio abanico de derechos humanos;

45. Insiste en que las niñas y las mujeres que son víctimas de violaciones en las guerras deben tener acceso a atención no discriminatoria y en concreto a atención médica integral; insiste, en este contexto, en la necesidad de velar por la protección del derecho a la vida y la dignidad de todas las mujeres y niñas mediante la lucha activa contra las prácticas perniciosas; destaca que debe erradicarse el uso de la violación como arma de guerra y opresión y que la Unión debe presionar a los gobiernos de terceros países y a todas las partes interesadas implicadas en regiones donde se produce este tipo de violencia de género para poner fin a la práctica, llevar a los agresores ante la justicia y trabajar con los supervivientes, las mujeres afectadas y las comunidades para ayudarles a sanar y recuperarse;

46. Señala el progreso continuo en la ejecución de la Iniciativa Spotlight UE-Naciones Unidas para acabar con la violencia contra las mujeres y las niñas en todo el mundo, que ascendió a 270 millones EUR comprometidos para programas en África y América Latina en 2018; pide un firme liderazgo de la Unión en el Llamamiento para la protección contra la violencia de género en las situaciones de emergencia y el apoyo prestado a los supervivientes de violencia sexual y de género relacionada con los conflictos; recuerda a la Comisión y a los Estados miembros de la Unión la importancia del resultado de la Conferencia de Oslo para poner fin a la violencia sexual y de género en las crisis humanitarias;

47. Toma nota de que en 2018 la Unión y las Naciones Unidas acordaron un nuevo conjunto de prioridades de futuro para la cooperación en materia de operaciones de paz y gestión de crisis para el período 2019-2021; destaca la necesidad de dar carácter altamente prioritario a la creación de una plataforma de colaboración entre la Unión y las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad;

48. Observa que las Naciones Unidas han advertido de que la pandemia de COVID-19 está poniendo de manifiesto y exacerbando todo tipo de desigualdades, incluida la desigualdad de género; se muestra profundamente preocupado por el reparto desigual del trabajo de prestación de cuidados tanto en el hogar como en los servicios públicos, en el que las mujeres representan alrededor del 70 % del personal sanitario mundial, el preocupante incremento de la violencia de género, debido en parte a los largos períodos de confinamiento, y un acceso limitado a la salud materna y reproductiva; pide, por tanto, que se desarrollen acciones específicas y adaptadas para abordar el impacto socioeconómico de la pandemia de COVID-19 en las mujeres y las niñas; hace hincapié en que debe disponerse urgentemente de una financiación adecuada para garantizar que las organizaciones de mujeres, los defensores de los derechos humanos y los promotores de la paz tengan un acceso pleno y sin obstáculos a una tecnología de calidad, a fin de permitir su participación significativa en los procesos de toma de decisiones durante la crisis de COVID-19; hace hincapié en que es preciso que el VP/AR y la Comisión reconozcan la necesidad de seguridad humana, que incluya todos los aspectos del planteamiento estratégico de la Unión sobre las mujeres, la paz y la seguridad; destaca la necesidad de garantizar que la aplicación de la respuesta global de la Unión a la COVID-19 tenga en cuenta la perspectiva de género y que se aborden adecuadamente las necesidades específicas de las mujeres y de otros grupos marginados y se asegure su participación a lo largo de todo el ciclo de programación.

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49. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.



OPINIÓN MINORITARIA

presentada de conformidad con el artículo 55, apartado 4, del Reglamento interno

Derk Jan Eppink

 

El grupo ECR no está de acuerdo con el contenido de este informe ni con su presunción ideológica.

 

El planteamiento del informe es colectivista. Como grupo ECR, defendemos los derechos individuales y la meritocracia en lugar de «derechos grupales» emanados de una política identitaria. La libertad individual debe ser el pilar fundamental.

 

En el Grupo ECR pensamos que es importante que todos los individuos tengan las mismas oportunidades y que sea la persona adecuada la que ocupe el puesto adecuado. El sexo de la persona en cuestión debería ser irrelevante. Lo fundamental es que no haya discriminación. Hacer del «género» un factor ideológico no redundará en la mejora de las decisiones ni de los resultados. El informe propugna incluso más objetivos en materia de diversidad. Si se pone en práctica, ello se traducirá en un incremento de mecanismos de control burocráticos costosos e ineficientes. Así, por ejemplo, «un asesor de género a tiempo completo en cada dirección del SEAE» no se traducirá en mejores resultados operativos ni en una mayor satisfacción del contribuyente europeo. Los candidatos deben ser evaluados en función de sus cualidades, no de su sexo. Con el principio fundamental de la subsidiaridad en la mano, la UE estaría recurriendo de manera injustificada a la sobrerregulación.

 

En el grupo ECR también creemos que la política exterior y de seguridad debe ser competencia exclusiva de los Estados miembros y no de la Unión Europea.

 

 


 

 


OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES (22.6.2020)

para la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género

sobre la igualdad de género en la política exterior y de seguridad de la Unión

(2019/2167(INI))

Ponente de opinión: Hannah Neumann

 

SUGERENCIAS

La Comisión de Asuntos Exteriores pide a la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

A. Considerando que la Unión Europea debe contribuir a crear un mundo en el que todas las personas, independientemente de su género, edad, orientación sexual, identidad o expresión de género, raza y capacidades, puedan vivir en paz, disfrutando de los mismos derechos y de las mismas oportunidades para realizar su potencial;

B. Considerando que las mujeres y las niñas se ven especialmente afectadas por la violencia física, psicológica y sexual, la pobreza, los conflictos armados y el impacto de la emergencia climática; que existe una creciente tendencia mundial hacia el autoritarismo y hay un número cada vez mayor de grupos fundamentalistas, y que ambas realidades están claramente vinculadas a una regresión en materia de derechos de las mujeres y las personas LGBTIQ+; que cualquier concepción de la seguridad que se centre en los Estados y no en los seres humanos resultará fallida y no conducirá a la paz;

C. Considerando que el análisis de género y la perspectiva de género constituyen la base para la eficacia y sostenibilidad de la prevención de conflictos, la estabilización, la consolidación de la paz, la reconstrucción posterior a un conflicto, la gobernanza y la consolidación institucional; que el discurso dominante en torno a las mujeres y las niñas consiste en una victimización que las priva de su capacidad de actuación y anula su capacidad como agentes de cambio; que son cada vez más numerosos los elementos de juicio que ilustran que la participación de las mujeres y las niñas en los procesos de paz desempeña un papel importante en la determinación de su durabilidad y éxito;

D. Considerando que los procesos de paz inclusivos son más sostenibles y ofrecen más oportunidades para hallar soluciones y atraer apoyos, y que debe aumentar la participación de las mujeres en los procesos de paz y de consolidación de la paz; que entre 1988 y 2018 las mujeres representaron un 13 % de los negociadores, un 3 % de los mediadores y solo un 4 % de los firmantes en los principales procesos de paz;

E. Considerando que las niñas se ven desproporcionadamente desfavorecidas como consecuencia de su sexo y edad; que las niñas refugiadas y migrantes son particularmente vulnerables; que la protección de las niñas frente a la violencia y la discriminación y un acceso garantizado a los servicios de educación, información y salud, en particular la salud y los derechos sexuales y reproductivos, son de especial importancia para que las niñas disfruten plenamente de sus derechos humanos;

F. Considerando que la violencia sexual y de género contra las mujeres y las niñas, incluidas prácticas perniciosas como el matrimonio infantil y la mutilación genital femenina, el acceso inadecuado a sectores y servicios sociales fundamentales como la salud, la educación, el agua potable, los saneamientos y la alimentación, el acceso restringido a los servicios relativos a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, la desigual participación en las instituciones públicas y privadas así como en la adopción de decisiones políticas y en los procesos de paz son factores que contribuyen a la discriminación y la marginación;

1. Subraya que el principio de igualdad entre mujeres y hombres es un valor fundamental de la Unión Europea, y que, por consiguiente, la integración de la perspectiva de género debe aplicarse e incorporarse a todas las actividades y políticas de la Unión; destaca que la Unión Europea debe contribuir a crear un mundo en el que todas las personas, independientemente de su género, orientación sexual, raza y capacidades, puedan vivir en paz, disfrutar de los mismos derechos y tener las mismas oportunidades para realizar su potencial;

2. Pide al SEAE, a la Comisión y a los Estados miembros que sigan apoyando e integrando de forma sistemática la igualdad de género, la perspectiva de género, incluida la presupuestación con perspectiva de género, y una perspectiva interseccional, incluida la representación igualitaria y diversificada, en la política exterior y de seguridad de la Unión; pide a la Unión que dé ejemplo y que haga de la igualdad de género un importante objetivo de la acción exterior de la Unión, dándole visibilidad en todos los ámbitos políticos, en particular en los foros multilaterales y en todos los diálogos políticos y estratégicos, los diálogos sobre derechos humanos, la formulación y la programación de políticas, las estrategias de derechos humanos a escala nacional, las declaraciones públicas y los informes mundiales sobre derechos humanos, así como en los procesos de seguimiento, evaluación e información y los procesos de toma de decisiones, las negociaciones y las estructuras de liderazgo; pide que las distintas experiencias de mujeres y niñas que se enfrentan a formas múltiples e interseccionales de discriminación y marginación ocupen un lugar central en la elaboración de políticas; afirma que la política exterior y de seguridad debe reconocer y abordar el desequilibrio de poder entre géneros, representar a las mujeres y las niñas y proteger a las personas LGBTIQ+;

3. Destaca que Suecia, Dinamarca, Suiza y Noruega cuentan con una sólida política exterior centrada en la igualdad de género; se congratula de que Francia, España, Luxemburgo, Irlanda, Chipre y Alemania, entre otros, hayan anunciado su intención de convertir la igualdad de género en una prioridad de su política exterior; celebra, asimismo, que la nueva Comisión haya hecho de la igualdad de género una de sus prioridades clave en todos los ámbitos políticos; destaca que los principios siguientes deben constituir el núcleo de una política de la Unión basada en el género: derechos humanos, democracia y Estado de Derecho, desarme y no proliferación, cooperación internacional para el desarrollo y acción en favor del clima;

4. Destaca que la igualdad de género y la integración de la perspectiva de género no solo requieren declaraciones políticas de alto nivel, sino también un compromiso político por parte de los líderes de la Unión y de los Estados miembros, la jerarquización de los objetivos y un proceso de seguimiento; pide al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) que realice progresos sustanciales y de gran visibilidad en materia de igualdad de género en términos de liderazgo y gestión, personal y contratación, jerarquía organizativa, formación, recursos financieros, brecha salarial y conciliación de la vida privada y la vida profesional, y que garantice el compromiso político y operativo para llevar a la práctica una integración efectiva y transformadora de la perspectiva de género; solicita, a este respecto, una formación obligatoria y recurrente sobre igualdad de género e integración de la perspectiva de género para todos los directivos de nivel medio y alto del SEAE, el personal de los servicios diplomáticos de la Unión y los jefes o comandantes de las misiones y operaciones de la política común de seguridad y defensa (PCSD); destaca que promover los derechos de las mujeres y favorecer la igualdad de género deben ser prioridades horizontales de todos los representantes especiales de la Unión y han de constituir la piedra angular de su mandato, en particular en el caso del representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos;

5. Pide un mejor equilibrio de género en la representación exterior de la Unión; lamenta la considerable brecha de género existente en el SEAE, en donde solo dos de cada ocho representantes especiales de la Unión son mujeres y estas ocupan únicamente el 31,3 % de las posiciones de dirección de nivel medio y el 26 % en el nivel de la alta dirección; acoge con satisfacción el compromiso del VP/AR de llegar a un 40 % de mujeres en puestos de dirección al final de su mandato; recuerda, sin embargo, que, en su Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025, la Comisión anunció su objetivo de alcanzar un equilibrio de género del 50 % en todos los niveles de dirección a más tardar a finales de 2024; destaca que este objetivo debe aplicarse también a los futuros nombramientos de representantes especiales de la Unión; lamenta la ausencia de mujeres entre los vicesecretarios generales nombrados recientemente por el VP/AR;

6. Acoge con satisfacción la Estrategia del SEAE en materia de género e igualdad de oportunidades 2018-2023, pero lamenta la falta de objetivos específicos y mensurables; pide que se actualice con el fin de incluir objetivos concretos y vinculantes, también sobre las mujeres en puestos de dirección, y que, tras ello, se proceda a su aplicación; lamenta igualmente la ausencia de diversidad global en las instituciones de la Unión, así como la falta de objetivos al respecto, especialmente por lo que se refiere a la raza, la capacidad y el origen étnico; solicita al VP/AR que aumente el porcentaje de mujeres en los mecanismos internos de toma de decisiones de la Unión; destaca que son necesarios procedimientos de contratación con perspectiva de género, en particular por parte de la Oficina Europea de Selección de Personal, que no acentúen aún más las desigualdades de género en las instituciones; pide que la capacidad de liderazgo sensible a las cuestiones de género forme parte de las descripciones de los puestos directivos de nivel medio y alto;

7. Insta al VP/AR a que vele por que los jefes de las delegaciones de la Unión en el extranjero tengan la responsabilidad formal de garantizar que la igualdad de género se integre en todos los aspectos del trabajo de su delegación y que todas las cuestiones de igualdad de género se planteen regularmente en los diálogos políticos con sus interlocutores en los Gobiernos, y por que estén obligados a informar al respecto; pide asimismo al VP/AR que se asegure de que las delegaciones de la Unión cuentan con un coordinador para las cuestiones de género; observa, en particular, que está aumentando la práctica del análisis de género en la formulación de la acción exterior de la Unión y que casi todas las delegaciones de la Unión han llevado a cabo análisis de género pormenorizados;

8. Acoge con satisfacción la creciente red de coordinadores para cuestiones de género, que cuenta con apoyo administrativo y acceso a la formación; señala, a este respecto, que se organizó una reunión regional para los coordinadores en materia de género con sede en los Balcanes Occidentales y Turquía, con el objetivo de reforzar el trabajo sobre la igualdad de género y la integración de la perspectiva de género; celebra la mejora de la cooperación con los Balcanes Occidentales en el marco de la Iniciativa de Asociación del G7, en la que la Unión ha acordado colaborar con Bosnia y Herzegovina en el refuerzo de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad;

9. Pide a las delegaciones de la Unión que supervisen la involución en materia de igualdad de género y derechos de las mujeres y la tendencia hacia la reducción del espacio de la sociedad civil, y que adopten medidas específicas para garantizar su protección; insta a la Comisión, al SEAE, a los Estados miembros y a los jefes de las delegaciones de la Unión a que garanticen un mayor apoyo político y financiero a las organizaciones independientes locales de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, en especial por lo que respecta a las actividades de desarrollo de capacidades, las defensoras de los derechos humanos, los periodistas, el personal docente y los artistas, y a que hagan de la consulta y la cooperación con todos ellos un elemento sistemático de su trabajo;

10. Se congratula de que la propuesta de Reglamento sobre el Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP III) y el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI) incluyan la igualdad de género como un objetivo específico; pide una financiación específica para la igualdad de género y la integración en los correspondientes reglamentos de la perspectiva de género, de la presupuestación con perspectiva de género y de requisitos obligatorios para las evaluaciones del impacto de género ex ante y ex post, cuyos resultados se comunicarán al Parlamento; solicita una reducción de los requisitos administrativos para permitir el acceso a la financiación a las pequeñas organizaciones locales de la sociedad civil, en concreto las organizaciones de mujeres;

11. Pide al VP/AR, al SEAE y a los Estados miembros que garanticen la plena aplicación de las Directrices de la UE sobre Defensores de los Derechos Humanos, y que adopten un anexo con el objetivo de reconocer y desarrollar estrategias y herramientas adicionales para prevenir y responder mejor y de manera más eficaz a las situaciones concretas, las amenazas y los factores de riesgo a que se enfrentan los defensores de los derechos humanos de las mujeres; pide la introducción inmediata de una perspectiva de género y de medidas específicas para apoyar a las defensoras de los derechos humanos en todos los programas e instrumentos destinados a proteger a los defensores de los derechos humanos;

12. Acoge con satisfacción la decisión de la Unión de renovar el Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia, y pide que se incluyan la perspectiva de género y acciones específicas para la igualdad de género y los derechos de las mujeres en la fase de aplicación de dicho Plan de Acción;

13. Celebra que haya aumentado el número de mujeres desplegadas en misiones y operaciones de la PCSD; lamenta que ni una sola de las doce misiones civiles de la PCSD esté dirigida por una mujer y que de los setenta jefes de misión que ha habido hasta ahora solo seis hayan sido mujeres; insiste en que solo 22 de los 176 empleados del Estado Mayor de la Unión Europea son mujeres, y que doce de ellas son secretarias o asistentes; pide al VP/AR que elabore una estrategia de igualdad de género para las misiones de la PCSD con objetivos específicos, tanto en términos de dirección como de personal; recuerda que es necesario un esfuerzo concertado de la cúpula dirigente de la Unión y de los Estados miembros, pues estos aportan la mayor parte del personal civil de la PCSD desplegado; pide a los Estados miembros de la Unión que cumplan el compromiso 16 del Pacto sobre la Vertiente Civil de la PCSD promoviendo activamente la presencia de mujeres a todos los niveles, y que aumenten sus contribuciones nacionales; lamenta que, desde la adopción del Pacto, se haya reducido el número de personal femenino; pide a los Estados miembros que apliquen estrategias activas de contratación y que detecten y subsanen los obstáculos específicos que limitan la participación de las mujeres mediante informes de misión con estadísticas al respecto; pide a las instituciones de la Unión que fomenten la participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas a todos los niveles, incluido el personal militar y policial; recuerda que la Unión se comprometió a aumentar el número de mujeres en las instituciones que se ocupan de la prevención de conflictos, la gestión de crisis y las negociaciones de paz, mediante la firma de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre mujeres, paz y seguridad, que identifica claramente a las mujeres como agentes importantes en la consolidación de la paz y la mediación en los conflictos;

14. Acoge con satisfacción las directrices sobre la integración de la perspectiva de género en las misiones civiles de la Unión; subraya que estas directrices representan una herramienta específica de ejecución que ha de aplicar todo el personal de las misiones, incluida la dirección, y que contribuirán a integrar sistemáticamente la perspectiva de género y a adoptar políticas de igualdad de género en las distintas actividades y fases de las misiones civiles de la PCSD; está convencido de que la planificación de las misiones de la PCSD debe tener en cuenta las recomendaciones de las organizaciones locales de mujeres; se congratula de que en la actualidad todas las misiones civiles de la PCSD incluyan un asesor en cuestiones de género; lamenta, no obstante, que este no sea el caso de las misiones militares de la PCSD; anima a los Estados miembros de la Unión a presentar candidatos para las vacantes actuales; pide que se adopten medidas para garantizar que todo el personal militar y civil de la Unión desplegado haya recibido una formación suficiente en materia de igualdad de género y de mujeres, paz y seguridad, específicamente sobre cómo integrar la perspectiva de género en sus tareas;

15. Pide que se revisen las normas genéricas de conducta actualizadas para las misiones y operaciones de la PCSD con el fin de incluir el principio de tolerancia cero hacia la inacción de los líderes y los altos cargos de la Unión frente a la violencia sexual y de género; lamenta que solo algunas misiones de la PCSD de la Unión impartan formación sobre acoso sexual o de género y pide al SEAE y a los Estados miembros que apoyen todos los esfuerzos para luchar contra la violencia sexual o de género en las operaciones internacionales de mantenimiento de la paz y que velen por la protección efectiva de los denunciantes y las víctimas;

16. Subraya que el desarrollo y la utilización del análisis de género y la integración sistemática de la perspectiva de género, así como su inclusión en el proceso de toma de decisiones, constituyen uno de los fundamentos de un método eficaz y duradero de prevención, gestión y resolución de conflictos, estabilización, consolidación de la paz, reconstrucción posterior a un conflicto, gobernanza y consolidación institucional; lamenta que el discurso dominante en torno a las mujeres consista en una victimización que las priva de su capacidad de actuación; destaca la necesidad de reconocer el importante papel que desempeñan las mujeres y las niñas a escala local, nacional e internacional en el logro de una paz sostenible, en particular mediante la facilitación del diálogo, la mediación y las negociaciones de paz; pide una participación segura, significativa e inclusiva de las mujeres y las niñas desde el nivel de base en cuestiones de paz y seguridad, incluidas las acciones de consolidación de la paz, reconstrucción tras un conflicto, gobernanza y consolidación institucional, y a lo largo de las distintas fases del ciclo de un conflicto, en consonancia con los objetivos de desarrollo sostenible; señala que la promoción de los derechos de las mujeres en países en crisis o asolados por conflictos fomenta comunidades más fuertes, saludables, seguras y resilientes, que son menos proclives a recurrir a medios violentos para resolver disputas y conflictos; destaca la importancia de la inclusión de las jóvenes y las niñas en la consolidación de la paz y señala, a este respecto, la contribución de la agenda sobre la juventud, la paz y la seguridad;

17. Pide a los Estados miembros que cumplan plenamente la Posición Común relativa a las exportaciones de armas, en concreto que tengan en cuenta el riesgo de que el material exportado se utilice para cometer violencia de género o violencia contra las mujeres o los niños o la faciliten; hace hincapié en que un enfoque sensible a las cuestiones de género es un enfoque de seguridad centrado en las personas, destinado a mejorar la seguridad de las mujeres, incluida la seguridad económica, social y sanitaria;

18. Acoge con satisfacción el planteamiento estratégico de la UE sobre las mujeres, la paz y la seguridad y el Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, adoptado en 2019, y pide que se apliquen con contundencia; lamenta, no obstante, que, a pesar de contar con unos objetivos e indicadores claros, llevar a la práctica este compromiso político siga siendo todo un reto y requiera un esfuerzo continuo; destaca la importancia de los planes de acción nacionales para la aplicación de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad; celebra el hecho de que casi todos los Estados miembros de la Unión vayan a adoptar planes de acción nacionales sobre la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para finales de año; lamenta, no obstante, que solo uno de ellos haya asignado fondos para su ejecución; pide a los Estados miembros que asignen fondos para su ejecución y desarrollen mecanismos nacionales de supervisión parlamentaria, así como que introduzcan cuotas para la participación de las mujeres en los mecanismos de control, evaluación y supervisión; lamenta que muchos miembros del personal de la Unión todavía no hayan integrado las medidas en favor de las mujeres, la paz y la seguridad en su trabajo y que esta agenda sea vista como un instrumento que puede aplicarse a discreción de cada uno con el objetivo de mejorar la eficacia de las misiones, pero no como un medio por sí mismo de garantizar los derechos de la mujer y la igualdad de género;

19. Acoge con satisfacción la labor realizada hasta ahora por el grupo de trabajo de la Unión sobre mujeres, paz y seguridad, en particular garantizando la participación de las organizaciones de la sociedad civil pertinentes en sus debates; se congratula del trabajo realizado por la asesora principal del SEAE para cuestiones de género; lamenta, no obstante, la limitada capacidad de este cargo y pide que el papel que desempeña se refuerce considerablemente y que informe directamente al VP/AR; pide al VP/AR que cada dirección del SEAE cuente con un asesor a tiempo completo dedicado a la igualdad de género y a la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad, que informe directamente al asesor principal, y que anime a su personal a colaborar estrechamente con el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE); destaca que el intercambio de conocimientos entre las instituciones y agencias de la Unión es una herramienta importante y muy eficaz para evitar costes administrativos elevados y un aumento innecesario de la burocracia;

20. Insta al VP/AR y a los Estados miembros a que incluyan referencias a la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como a las resoluciones que le han dado seguimiento, en las decisiones del Consejo relativas a la PCSD y en los mandatos de las misiones, y a que se aseguren de que todas las misiones y operaciones de la PCSD cuentan con un plan de acción anual sobre el modo de ejecutar los objetivos del futuro Plan de Acción en materia de género (PAG III) y del Plan de Acción de la UE sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad; pide que se incluyan análisis de género en los nuevos instrumentos de la PCSD, incluidos el Fondo Europeo de Defensa y el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz propuesto;

21. Toma nota de que en 2018 la Unión y las Naciones Unidas acordaron un nuevo conjunto de prioridades de futuro para la cooperación en materia de operaciones de paz y gestión de crisis para el período 2019-2021 y destaca la necesidad de dar carácter altamente prioritario a la creación de una plataforma de colaboración entre la Unión y las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad;

22. Acoge con satisfacción la cooperación entre la Unión y la OTAN con el objetivo de promover la paz y la estabilidad en la zona euroatlántica, siendo uno de los principales ejes el fomento de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad;

23. Subraya la importancia de promover la igualdad de género en la política exterior de la Unión, también a través de las relaciones del Parlamento con terceros países; acoge con satisfacción, a este respecto, la decisión de las delegaciones del Parlamento de nombrar a un representante para las cuestiones de género en cada delegación; subraya la necesidad de promover la igualdad y la diversidad en todas las actividades de las delegaciones, también durante las reuniones parlamentarias oficiales con terceros países;

24. Subraya la necesidad de garantizar que los métodos automatizados de toma de decisiones, incluidos los algoritmos de la inteligencia artificial en la política exterior y de seguridad de la Unión, estén exentos de prejuicios en la definición de perfiles, especialmente de sesgos basados en el género;

25. Acoge con satisfacción los resultados sobre igualdad de género obtenidos en el segundo Plan de Acción en materia de género (PAG II), por lo que celebra la propuesta de la Comisión de llevar a cabo una revisión y presentar un nuevo PAG III en 2020; pide a la Comisión que resuelva sus deficiencias, como la débil base jurídica, la ausencia de presupuestación con perspectiva de género, las dificultades para transmitir una información precisa, la falta de adaptación de los plazos y los ciclos presupuestarios y la falta de formación adecuada para el personal; recomienda que el PAG III vaya acompañado de unos indicadores de éxito claros, mensurables y sujetos a un calendario, que incluyan una atribución de responsabilidades a los diferentes actores, y de unos objetivos claros en cada país socio; insta a la Comisión, en vista del impacto de la COVID-19 en la vida de mujeres y niñas, a que mantenga la renovación del PAG III en su programa de trabajo para 2020 y no la aplace al año próximo;

26. Reconoce el papel fundamental que desempeñan las organizaciones de la sociedad civil, en particular las organizaciones de derechos de las mujeres y las defensoras de los derechos humanos, a la hora de apoyar la aplicación del Plan de Acción de la UE en materia de género y el planteamiento estratégico de la UE sobre las mujeres, la paz y la seguridad y su Plan de Acción; pide a la Comisión que impulse la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la formulación del PAG III y en su aplicación en los países socios;

27. Destaca que el PAG III debe cubrir explícitamente los derechos de las mujeres en todos los contextos, con independencia del PIB de un país e incluyendo los Estados frágiles y los contextos de conflicto, así como los grupos más vulnerables, tales como las niñas refugiadas y migrantes;

28. Pide que en el PAG III se especifique que el 85 % de la ayuda oficial al desarrollo debe destinarse a programas con la igualdad de género como objetivo importante o principal, y pide, dentro de este compromiso más amplio, que se asigne una dotación suficiente de la ayuda oficial al desarrollo de la Unión Europea a iniciativas específicas de fomento de la igualdad, empoderamiento de las mujeres y promoción de sus derechos; pide que se mejore la notificación de la financiación de la Unión para la igualdad de género asignada y desembolsada en los países socios a través del PAG III; pide al SEAE y a la Comisión que establezcan indicadores específicos de género para la selección, el seguimiento y la evaluación de los proyectos;

29. Destaca que la igualdad de género es parte integrante de una gestión eficaz de la acción exterior y de ámbitos temáticos, en particular los desafíos climáticos y el desarrollo sostenible de nuestras sociedades; destaca la vulnerabilidad al cambio climático de las mujeres y las niñas que viven en la pobreza y que, a fin de lograr una transición justa y equitativa sin que nadie quede excluido, toda acción por el clima debe incluir una perspectiva interseccional y de género; lamenta que solo el 30 % de los negociadores climáticos sean mujeres y recuerda que una participación significativa e igualitaria de las mujeres en los órganos que toman las decisiones, a nivel de la Unión, nacional y local, en las políticas y acciones relacionadas con el clima es esencial para cumplir los objetivos climáticos a largo plazo; insta a que en el PAG III se establezcan vínculos claros con el Acuerdo de París, y pide a la Unión y a sus Estados miembros que garanticen el acceso de las organizaciones de mujeres a fondos climáticos internacionales;

30. Pide a la Comisión y al Consejo que fomenten y apoyen la inclusión de un capítulo de género específico en los acuerdos comerciales y de inversión de la Unión; pide asimismo que se incluyan disposiciones en estos acuerdos comerciales que aseguren que sus estructuras institucionales garantizan controles periódicos de conformidad, debates sustanciales y el intercambio de información y de mejores prácticas en materia de igualdad de género y de comercio, entre otras cosas, mediante la inclusión de mujeres y expertos en igualdad de género en todos los niveles de las administraciones competentes; pide a la Unión y a sus Estados miembros que, en las evaluaciones de impacto ex ante y ex post, incluyan el impacto en función del género, por país y por sector, de las políticas y los acuerdos comerciales de la Unión; subraya que los resultados del análisis de género deben tenerse en cuenta en las negociaciones comerciales, tomando en consideración tanto las repercusiones positivas como las negativas a lo largo de todo el proceso, desde la fase de negociación hasta su aplicación, y deben ir acompañados de medidas para prevenir o compensar los posibles efectos negativos;

31. Pide a la Comisión que integre en las políticas de inmigración una perspectiva de género e interseccional que garantice el derecho de las mujeres y las niñas solicitantes de asilo y refugiadas, destinando recursos a la eliminación de la discriminación que sufren las mujeres y las niñas sobre la base, entre otras cosas, de su género, su origen étnico o racial, su situación socioeconómica, su situación administrativa y su lugar de origen, y que refuercen su trabajo con el fin de garantizar una identificación y una protección adecuadas en los centros de acogida de toda Europa frente a posibles actos de violencia, acoso, violaciones y trata de mujeres; pide la plena aplicación del Convenio de Estambul en las políticas de migración y asilo;

32. Pide que se prevengan y erradiquen todas las formas de violencia sexual y de género y las graves violaciones de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, como el matrimonio infantil, precoz o forzado, y que se acabe con la práctica de la mutilación genital femenina; pide que esto siga siendo una prioridad política de la Unión en su acción exterior y que se trate sistemáticamente en los diálogos políticos con terceros países; pide a la Comisión y al SEAE que se centren, en particular, en prevenir la violencia de género en periodos de conflicto y en prestar apoyo a los supervivientes de la violencia de género y facilitarles el acceso a los servicios esenciales; destaca que, en las situaciones de conflicto, las mujeres y las niñas están expuestas a mayores riesgos de violación de sus derechos humanos; se muestra profundamente consternado por el hecho de que cada vez se recurra más a la violencia sexual como parte de una estrategia más amplia de conflicto y como táctica de guerra; insta a la Unión a que haga uso de todos los medios posibles para que los autores de violaciones masivas en situación de guerra sean denunciados, identificados, procesados y castigados de conformidad con el Derecho penal internacional; pide que se revisen y actualicen las Directrices de la Unión sobre la violencia contra las mujeres y las niñas y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas; pide a la Unión que dé prioridad a la ratificación del Convenio de Estambul en su diálogo político con los países socios del Consejo de Europa y que aliente a los países que no son miembros del Consejo de Europa a adherirse a dicho Convenio;

33. Destaca que es imposible lograr la igualdad de género sin asociar a los hombres y los niños al progreso en la materia y que se les debe invitar a participar y contribuir activamente en la promoción de unos roles de género más sanos; recuerda, en particular, el papel y la responsabilidad de los hombres y los niños en la lucha contra la violencia sexual y de género;

34. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten la cooperación con terceros países para luchar contra todas las formas de trata de seres humanos, prestando especial atención a la dimensión de género de la trata para combatir específicamente el matrimonio infantil, la explotación sexual de mujeres y las niñas y el turismo sexual; pide que se realice una evaluación de impacto obligatoria sobre los riesgos que plantea un tercer país en relación con la trata de seres humanos como parte de la condicionalidad ex ante general de todos los acuerdos de liberalización de visados; hace hincapié en la necesidad de incluir la cooperación efectiva con terceros países en materia de trata de seres humanos entre los criterios obligatorios de un acuerdo de liberalización de visados; pide a la Comisión, al Consejo y al SEAE que establezcan, en sus negociaciones de acuerdos de asociación y cooperación con terceros países, un marco de referencia en materia de cooperación para luchar con eficacia contra la trata de seres humanos, incluido un protocolo transparente para registrar datos sobre remisiones y enjuiciamientos de actividades de trata; pide que se establezca un enfoque de la trata de seres humanos con perspectiva de género abordando de manera exhaustiva el impacto que tiene en el ejercicio de un amplio abanico de derechos humanos en el contexto de cualquier conflicto;

35. Pide que se garantice el respeto universal de la salud y los derechos sexuales y reproductivos y el acceso a ellos, según lo acordado en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Plataforma de Acción de Pekín y los documentos finales de las conferencias de revisión de esta, y que se desarrollen unas herramientas adecuadas para evaluar los progresos que se realicen en aras de este objetivo; pide que se tomen medidas para garantizar que la Unión adopta una posición uniforme y actúa con contundencia para denunciar de forma inequívoca la involución en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos, igualdad de género, derechos de las personas LGBTIQ+ y medidas que socavan los derechos de las mujeres; pide a la Comisión y al SEAE que reiteren el compromiso de la Unión con la salud y los derechos sexuales y reproductivos, incluido el acceso a los servicios de atención prenatal y salud materna, mediante el nuevo PAG III y el IVDCI; pide a la Comisión y al SEAE que presten apoyo político y económico a las organizaciones de la sociedad civil que luchan por el respeto de la salud y los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas, en particular de las más vulnerables y en situación de riesgo, concretamente las mujeres y las niñas que se desplazan, que están en las rutas de migración o en campos de migrantes;

36. Lamenta que las mujeres y las niñas de todo el mundo sigan siendo objeto de una discriminación sistemática; señala que la pobreza de las mujeres se debe en gran medida a la falta de acceso a recursos económicos; considera que la educación es un factor clave para la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; pide, por tanto, a la Unión que, en su próximo PAG III, refuerce su compromiso con la promoción de la igualdad de género y la lucha contra los estereotipos de género en los sistemas educativos; pide a la Comisión, al Consejo y al SEAE que velen por que su política de cooperación al desarrollo y su acción en materia de ayuda humanitaria apoyen el empoderamiento económico de las mujeres, incluida la visibilidad del emprendimiento femenino en los países socios; recuerda que una mayor inclusión de las mujeres en el mercado de trabajo, la mejora del apoyo al emprendimiento femenino, la salvaguardia de la igualdad de oportunidades, la igualdad de remuneración para hombres y mujeres y el fomento de la conciliación de la vida profesional y familiar son factores fundamentales para lograr un crecimiento económico sostenible e inclusivo a largo plazo, luchar contra las desigualdades y fomentar la independencia financiera de las mujeres;

37. Recuerda que es necesario abordar las cuestiones relacionadas con la igualdad de género en los diálogos políticos con los países socios; destaca la importancia de promover la igualdad de género en el ámbito de las políticas de vecindad y ampliación de la Unión, en particular en el contexto de las negociaciones de adhesión; pide a la Comisión y al SEAE que aprovechen las negociaciones de adhesión para impulsar la igualdad de género en los países candidatos; pide al EIGE que siga supervisando los avances en materia de igualdad de género en terceros países; acoge con satisfacción los diferentes mecanismos para supervisar los avances hacia la igualdad de género, como el mecanismo creado recientemente por la Unión por el Mediterráneo, y el proyecto titulado «La cooperación del EIGE con los países candidatos y candidatos potenciales a la adhesión a la UE para el período 2017-2019: la mejora del seguimiento de los progresos en materia de igualdad de género»;

38. Observa que las Naciones Unidas han advertido de que la pandemia de COVID-19 está poniendo de manifiesto y exacerbando todo tipo de desigualdades, incluida la desigualdad de género; se muestra profundamente preocupado por el reparto desigual del trabajo de prestación de cuidados tanto en el hogar como en los servicios públicos, en el que las mujeres representan alrededor del 70 % del personal sanitario mundial, el preocupante incremento de la violencia de género, debido en parte a los largos períodos de confinamiento, y un acceso limitado a la salud materna y reproductiva; pide, por tanto, que se desarrollen acciones específicas y adaptadas para abordar el impacto socioeconómico de la pandemia de COVID-19 en las mujeres y las niñas; hace hincapié en que debe disponerse urgentemente de una financiación adecuada para garantizar que las organizaciones de mujeres, los defensores de los derechos humanos y los promotores de la paz tengan un acceso pleno y sin obstáculos a una tecnología de calidad, a fin de permitir su participación significativa en los procesos de toma de decisiones durante la crisis de COVID-19; hace hincapié en que es preciso que el VP/AR y la Comisión reconozcan la necesidad de seguridad humana, que incluya todos los aspectos del planteamiento estratégico de la Unión sobre las mujeres, la paz y la seguridad; destaca la necesidad de garantizar que la aplicación de la respuesta global de la Unión a la COVID-19 tenga en cuenta la perspectiva de género y que se aborden adecuadamente las necesidades específicas de las mujeres y de otros grupos marginados y se asegure su participación a lo largo de todo el ciclo de programación.


INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN
EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

22.6.2020

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

49

11

9

Miembros presentes en la votación final

Alviina Alametsä, Maria Arena, Petras Auštrevičius, Traian Băsescu, Lars Patrick Berg, Anna Bonfrisco, Reinhard Bütikofer, Fabio Massimo Castaldo, Susanna Ceccardi, Włodzimierz Cimoszewicz, Katalin Cseh, Tanja Fajon, Anna Fotyga, Michael Gahler, Kinga Gál, Sunčana Glavak, Raphaël Glucksmann, Klemen Grošelj, Bernard Guetta, Márton Gyöngyösi, Sandra Kalniete, Karol Karski, Dietmar Köster, Stelios Kouloglou, Andrius Kubilius, Ilhan Kyuchyuk, David Lega, Miriam Lexmann, Nathalie Loiseau, Antonio López-Istúriz White, Jaak Madison, Claudiu Manda, Lukas Mandl, Thierry Mariani, David McAllister, Vangelis Meimarakis, Sven Mikser, Francisco José Millán Mon, Javier Nart, Gheorghe-Vlad Nistor, Urmas Paet, Kostas Papadakis, Tonino Picula, Manu Pineda, Kati Piri, Giuliano Pisapia, Diana Riba i Giner, María Soraya Rodríguez Ramos, Nacho Sánchez Amor, Isabel Santos, Jacek Saryusz-Wolski, Andreas Schieder, Radosław Sikorski, Sergei Stanishev, Tineke Strik, Hermann Tertsch, Hilde Vautmans, Harald Vilimsky, Idoia Villanueva Ruiz, Thomas Waitz, Witold Jan Waszczykowski, Charlie Weimers, Isabel Wiseler-Lima, Željana Zovko

Suplentes presentes en la votación final

Katarina Barley, Nicolas Bay, Arnaud Danjean, Katrin Langensiepen, Hannah Neumann, Mick Wallace

 

 


VOTACIÓN FINAL NOMINAL
EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

49

+

PPE

Traian Băsescu, Michael Gahler, Sandra Kalniete, Andrius Kubilius, Antonio López-Istúriz White, Lukas Mandl, David McAllister, Vangelis Meimarakis, Francisco José Millán Mon, Gheorghe-Vlad Nistor, Isabel Wiseler-Lima

S&D

Maria Arena, Katarina Barley, Włodzimierz Cimoszewicz, Tanja Fajon, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Claudiu Manda, Sven Mikser, Tonino Picula, Kati Piri, Giuliano Pisapia, Nacho Sánchez Amor, Isabel Santos, Andreas Schieder, Sergei Stanishev

Renew

Petras Auštrevičius, Katalin Cseh, Klemen Grošelj, Bernard Guetta, Ilhan Kyuchyuk, Nathalie Loiseau, Javier Nart, Urmas Paet, María Soraya Rodríguez Ramos; Hilde Vautmans

Verts/ALE

Reinhard Bütikofer, Katrin Langensiepen, Hannah Neumann, Diana Riba i Giner, Tineke Strik, Thomas Waitz, Alviina Alametsä

GUE/NGL

Stelios Kouloglou, Manu Pineda, Idoia Villanueva Ruiz, Mick Wallace

NI

Fabio Massimo Castaldo, Márton Gyöngyösi

 

11

-

PPE

Kinga Gál, Miriam Lexmann, Željana Zovko

ID

Harald Vilimsky

ECR

Anna Fotyga, Karol Karski, Jacek Saryusz-Wolski, Hermann Tertsch, Witold Jan Waszczykowski, Charlie Weimers

NI

Kostas Papadakis

 

9

0

PPE

Arnaud Danjean, Sunčana Glavak, David Lega, Radosław Sikorski

ID

Nicolas Bay, Lars Patrick Berg, Anna Bonfrisco, Susanna Ceccardi, Thierry Mariani

 

Explicación de los signos utilizados

+ : a favor

- : en contra

0 : abstenciones

 

 


 

 

 


INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

16.7.2020

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

27

5

2

Miembros presentes en la votación final

Christine Anderson, Simona Baldassarre, Robert Biedroń, Vilija Blinkevičiūtė, Annika Bruna, Gwendoline Delbos-Corfield, Rosa Estaràs Ferragut, Frances Fitzgerald, Cindy Franssen, Heléne Fritzon, Lina Gálvez Muñoz, Lívia Járóka, Arba Kokalari, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, Karen Melchior, Andżelika Anna Możdżanowska, Maria Noichl, Pina Picierno, Samira Rafaela, Evelyn Regner, Diana Riba i Giner, Eugenia Rodríguez Palop, María Soraya Rodríguez Ramos, Christine Schneider, Jessica Stegrud, Isabella Tovaglieri, Ernest Urtasun, Hilde Vautmans, Elissavet Vozemberg-Vrionidi, Chrysoula Zacharopoulou

Suplentes presentes en la votación final

Isabella Adinolfi, Derk Jan Eppink, Pierrette Herzberger-Fofana, Elena Kountoura

 

 


 

 

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

27

+

GUE/NGL

Elena Kountoura, Eugenia Rodríguez Palop

NI

Isabella Adinolfi

PPE

Rosa Estaràs Ferragut, Frances Fitzgerald, Cindy Franssen, Lívia Járóka, Arba Kokalari, Christine Schneider, Elissavet Vozemberg-Vrionidi, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska

Renew

Karen Melchior, Samira Rafaela, María Soraya Rodríguez Ramos, Hilde Vautmans, Chrysoula Zacharopoulou

S&D

Robert Biedroń, Vilija Blinkevičiūtė, Heléne Fritzon, Lina Gálvez Muñoz, Maria Noichl, Pina Picierno, Evelyn Regner

Verts/ALE

Gwendoline Delbos-Corfield, Pierrette Herzberger-Fofana, Diana Riba i Giner, Ernest Urtasun

 

5

-

ECR

Derk Jan Eppink, Andżelika Anna Możdżanowska, Jessica Stegrud

ID

Simona Baldassarre, Isabella Tovaglieri

 

2

0

ID

Christine Anderson, Annika Bruna

 

Explicación de los signos utilizados

+ : a favor

- : en contra

0 : abstenciones

 

 

Última actualización: 23 de septiembre de 2020
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